La eficiencia energética en el ámbito de la climatización supone una gran oportunidad para las empresas de mantenimiento.
La nueva Directiva 2018/844, por la que se modifican tanto la Directiva 2010/31/UE como la 2012/27/UE, relativas a la eficiencia energética de los edificios, obliga a las empresas de mantenimiento y a los titulares de las instalaciones a replantearse su relación. Desde Amicyf entendemos que el esfuerzo que supone mantener en condiciones adecuadas las instalaciones térmicas, de iluminación y las características estructurales del edificio, no sólo debe plantearse en términos de seguridad y confort, sino también desde un punto de vista económico. La eficiencia energética ofrece la oportunidad tanto a la empresa de mantenimiento como al propietario del edificio de cuantificar en términos económicos su relación.
Desde este punto de vista, el servicio de mantenimiento debe entenderse de una forma más ambiciosa y en consecuencia debe aspirar a satisfacer con él las necesidades de un edificio, en cuanto a gestión energética, mantenimiento preventivo y garantía del servicio. La relación contractual entre empresa y cliente, cobra un nuevo sentido, pasa de recoger una obligación de medios a una obligación de resultados.
Una adecuada gestión del mantenimiento en este momento debe contemplar e incluir una adecuada gestión energética, que requiere (i) de un análisis previo de los consumos del edificio y (ii) de una propuesta de medidas de ahorro y eficiencia energética.
El establecimiento de objetivos de ahorro energético, pasa a formar parte de la realización de un correcto mantenimiento, y así está recogido en la normativa vigente, Real Decreto 1027/2007 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, que obliga a realizar un mantenimiento adecuado de las instalaciones, con el objeto de garantizar la eficiencia energética de las mismas. Así, establece los requisitos que deben cumplir las instalaciones térmicas para que su funcionamiento, a lo largo de su vida útil, se realice con la máxima eficiencia energética, a saber:
las instalaciones se mantendrán de acuerdo con un programa de mantenimiento preventivo.
las instalaciones dispondrán de un programa de gestión energética, por el que se realizará una evaluación periódica del rendimiento de los equipos de generación térmica.
las instalaciones dispondrán de instrucciones de seguridad debidamente actualizadas, con el fin de minimizar los riesgos durante el uso de las instalaciones.
las instalaciones se utilizarán de acuerdo con las instrucciones de manejo y maniobra, que deben servir para efectuar la puesta en marcha y parada de la instalación, y para conseguir cualquier programa de funcionamiento y servicio previsto.
las instalaciones se utilizarán de acuerdo con un programa de funcionamiento, con el fin de dar el servicio demandado con el mínimo consumo energético.
Por lo tanto no queda otra que asumir el reto que nos ofrece la reglamentación, al mismo tiempo que hay que reconocer que se trata de un reto apasionante, que a su vez nos ofrece una nueva oportunidad de poner en valor el trabajo que desde hace años vienen realizando las empresas de mantenimiento en pro de la eficiencia energética.